sábado, 1 de julio de 2017

5. Cuestiones indicentales: a) Apoyo de la Dirección Provincial de Educación. b) Apoyo de la dirección de la EOI de Huesca.

El "trato de favor" de que disfrutaba Fátima Sasé y que señalé en el correo enviado a mis 2 compañeras de la EOI de Huesca parece evidenciarse en los 2 hechos que voy a narrar a continuación.

a) Apoyo de la Dirección Provincial de Educación.

La prueba tal vez más palpable del trato de favor recibido por Sasé se halla en la absoluta inacción que demostró la Dirección Provincial de Educación en la tramitación de algunas denuncias presentadas tanto por mí como por el sindicato CNT, relativas a determinadas aseveraciones formuladas por esa profesora contra mi persona –así como por parte de la negligencia demostrada por 2 inspectores de esa Dirección: Pachi Helado y Silvia Seguirillas.
Tras haber presentado escritos en los que solicitaba corrección disciplinaria tanto para Sasé como para los 2 inspectores antecitados (sin haber merecido ninguna respuesta por parte de la Administración), conseguí que la CNT se hiciera eco de los hechos y que, bajo su bandera, el por entonces director provincial de Educación, Pepón Pelera de la Niña, accediera a mantener una reunión informativa con ese sindicato.
Así, el 10 de junio de 2014 el director provincial expuso los motivos por los que había decidido no tramitar esas solicitudes y dejar pasar los plazos para dictar. Y ello de la siguiente manera:
1) "todas las denuncias y solicitudes son tramitadas conforme a norma: o se estudian o se archivan o se hace silencio administrativo porque muchos de los escritos que llegan a esta dirección provincial tienen otros fines y por tanto se deja pasar el tiempo para que el trabajador o el ciudadano puedan seguir con el proceso que ellos crean conveniente" (min.15'30 de la grabación1).
2) A una observación formulada por CNT ("a este sindicato le consta que ha habido profesores que han depositado esas denuncias o esas instancias para que fueran incoados expedientes y no se les ha hecho caso ... la inacción ha sido la tónica habitual de esta dirección provincial"), el director provincial contestó: "Lo que tú llamas 'inacción' en algún momento deja pie a que la persona que se sienta afectada pueda seguir con el trámite administrativo adecuado" (min.55'55 de la grabación).

Todo ello viene a ser como decir que no atendió las denuncias porque éstas perseguían fines diferentes que los allí expuestos... Yo creo que es una negligencia inaceptable para un representante de la Administración.

La consulta de la documentación que Fátima Sasé adjuntó a su demanda civil permitió tener constancia de la estrecha relación que esa profesora mantenía con la por entonces representante del sindicato UGT en la Junta de Personal Docente de la DGA, Zana Senegüé –que con el tiempo sería nombrada Directora Provincial de Educación.
Y es que el 4 de marzo de 2013 solicité a esa Junta de Personal Docente2 que preguntara al entonces director provincial por el trámite dado a una denuncia por acoso laboral presentada contra el director de la EOI de Huesca. Zana Senegüé escribió a Fátima Sasé con el siguiente encabezado: "Hola, Fátima, aquí va el otro correo, el que mandó a la Junta de Personal"
Ese "otro correo" versaba sobre el mensaje que envié a mis alumnos sobre los motivos de mi baja médica –y que Sasé utilizó para acusarme de difundir los motivos de mi expediente disciplinario: "Te reenvio el e-mail que mandó a sus alumnos".
¿Cómo consiguió Senegüé ese correo? ¿Cómo se atrevió a comunicarlo aterceras personas? Zana Senegüé es, en la fecha de redacción de esta crónica, Directora Provincial de Educación...

b) Apoyo de la dirección de la EOI de Huesca.

Desde que tuvieron conocimiento de la existencia de mi blog y del correo que envié a mis 2 compañeras, 2 de los miembros del equipo directivo de esa EOI tomaron partido abiertamente a favor de la profesora Sasé. Ello se hizo especialmente evidente en el caso del director de la Escuela, quien acometió determinadas acciones que yo entendí tipificadas en el "Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración" publicado por el Gobierno de Aragón (Orden de 28 de noviembre de 2012).

Y por ello mismo lo denuncié ante la DGA por los siguientes hechos:

1) Por reprenderme reiteradamente delante de otras personas: ante mis compañeros de la EOI y, después, ante mis alumnos.
El director me citó junto a otros 6 profesores para informarnos de que iba a dar parte al Servicio Provincial por la publicación de mi blog, posicionándose claramente en defensa de Sasé y recriminando mi actuación.
En su comparecencia ante el instructor de mi expediente disciplinario, el director había declarado que "decidí (...) poner en conocimiento los hechos igualmente a los docentes y al personal no docente. De esa forma se pretendía evitar murmuraciones o posibles malos entendidos".
A este respecto, Fátima Sasé declaró ante ess mismo instructor que "el equipo directivo le había manifestado (a Pitusa Ovejero, jefa por aquel entonces del departamento de francés) que cualquier cuestión relacionada con FDG se pusiera en su conocimiento"...: ¿no significa esto poner en la picota la reputación de un profesor?
La respuesta parece más fácil si se tiene en cuenta que el director de la EOI declaró ante ese mismo instructor que "el departamento de francés funciona dentro del cauce ordinario" –siendo que en otro documento declaró que "los hechos contribuyen a enrarecer el ambiente de trabajo"...: por una parte dice que la vida del departamento transcurría con normalidad y, por la otra, que existía enrarecimiento...

La reprensión ante mis alumnos se produjo cuando el director de la EOI de Huesca convocó a los delegados de mis clases a mi cargo para informarles del asunto en cuestión (la instrucción del expediente) y, asimismo, para obtener de ellos todo tipo de información que pudiera conducir a una mejor inculpación. De esa manera, denuncié que el director había actuado de manera a socavar mi reputación, incluso ante personas completamente ajenas al expediente disciplinario y cuya participación en la instrucción era completamente nula. Así, argumentaba yo, completaó su estrategia de acoso psicológico y de atentado contra mi dignidad ante la totalidad de la comunidad educativa (personal y alumnos).

2) Acciones de represalia frente a trabajadores que han planteado quejas, denuncias o demandas frente a la organización, o frente a los que han colaborado con los reclamantes.
En efecto, en su día recusé al profesor Antonio Abecé como miembro del tribunal que debía examinarme para obtener el nivel B2 de inglés. Y es que consideré que el juicio que portase ese profesor sobre mí no podía ser imparcial, habida cuenta de las falsedades que en su día virtió ante la inspección por un expediente incoado en la EOI de Monzón.3 Asimismo, y ateniéndome a la normativa, indiqué en mi escrito de recusación que tampoco debía examinarme mi propia profesora... Ninguna de las 2 cuestiones prosperó y el director de la EOI de Huesca dio carpetazo a ambas.4
También protagonicé determinadas actuaciones en esa Escuela para solicitar el pago de los salarios de los meses de verano al profesorado interino: mi nombre apareció tanto en periódicos como en la radio locales.
Me quejé asismimo de que ese director no hizo nada por mediar entre una profesora de alemán por la que me sentí insultado. El director se limitó, cuando le pedí ayuda, a preguntarme “y yo, ¿qué quieres que haga?”...: bien que supo qué hacer cuando saltó el "asunto Sasé"...
Reflejé además en mi denuncia que ese director había excluido a parte de los trabajadores de la EOI de Huesca al no invitarles ni a las cenas de Navidad ni a las comidas organizadas por nuestro centro en la Escuela de Hostelería.
Sobre la base de esas acusaciones presenté mi denuncia en febrero de 2013, para que se creara una Comisión de Prevención frente al acoso, evaluara el caso y tomara las medidas que encontrara convenientes.
En noviembre de ese mismo año todavía no tenía noticia de las acciones de esa Comisión. Así que presenté ante Educación de la DGA una solicitud de consulta del expediente, que fue desoída; en febrero de 2014 (un año justo después de mi denuncia), interpuse el consiguiente recurso de alzada. Y, como tampoco obtuviera respuesta, decidí solicitar la documentación vía judicial, mediante la interposición de una demanda contencioso-administrativa.
En mayo de 2014 solicité al juzgado que instase a la DGA a facilitar la siguiente documentación: 1) composición de la Comisión de Prevención, con nombres y apellidos así como sus funciones dentro del organigrama de la DGA;2) identidad de los testigos declarantes, así como actas de comparecencia de los mismos ante la Comisión de Prevención;3) Evaluación de Riesgos Psicosociales del Centro;4) citaciones enviadas, avisos de llegada y resguardos del Servicio de Correos; 5) Informe de Valoración de la Comisión; 6) documentación resultante de la recopilación de información efectuada por la Comisión; 7) todos los documentos que pudieran resultar de utilidad en el esclarecimiento de los hechos denunciados. Y, asimismo, solicitaba que la Administración explicara, mediante escrito argumentado y debidamente firmado, el motivo por el que no se hubiera comunicado directamente a este denunciante el contenido del Informe de Valoración de la Comisión de Valoración creada a tal efecto.
La DGA remitió al juzgado una primera tanda de documentación, que resultó incompleta. Solicité ampliación 2 veces, sin éxito. Y, finalmente, el juzgado consideró que la Administración había satisfecho lo que se le pedía y dio por terminado el asunto sin que yo hubiera podido conocer la totalidad de lo solicitado.
En abril de 2014 presenté ante la DGA solicitud de nulidad del procedimiento, lo que amplié a recurso de alzada ante la falta de respuesta en junio. El paso siguiente habría consistido en acudir al juzgado, pero lo consideré inútil a la vista de los resultados del último intento...






1 Dicha grabación fue consentida por el director provincial, como queda de manifiesto al principio de la misma.
2 La Junta de Personal Docente envía periódicamente un correo a los docentes para que estos formulen preguntas que los representantes sindicales en esa Junta trasladarán al/a la director/a provincial de Educación durante las reuniones que mantienen cada cierto tiempo con él/ella... Mi consulta se inscribe en esa situación.
3 El tiempo me hizo ver, como ha quedado plasmado en el capítulo dedicado a la demanda civil que interpuso contra mí Fátima Sasé, que Antonio Abecé era persona de buena voluntad y mejor talante...

4 La Orden de 25 de febrero de 2008 que regula la obtención de la certificación de los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, que regía en el momento en que me presenté para obtener el nivel B2, decía taxtaivamente que "en la medida de lo posible se evitará que un profesor evalué a sus propios alumnos" –y en eldepartamento de inglés de la EOI de Huesca eso era posible debido al alto número de profesores con que contaba.
A partir de ese momento la normativa fue modificada para decir, en ese mismo aspecto, que "en la medida de lo posible se procurará que cada profesor intervenga en la evaluación de sus propios alumnos, siendo uno de los miembros del correspondiente tribunal" (artº10.1)

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